Tenemos más argumentos para seguir reivindicando #MismoTrabajoMismoSalario gracias a la normativa europea y la jurisprudencia del TJUE, que deja muy claro que la discriminación está absolutamente injustificada
La reciente Sentencia del Tribunal constitucional de 5 de Noviembre de 2015 rechaza que la condición de interino pueda ser factor excluyente del percibo de sexenios por los profesores.
La fuerza de esta Sentencia radica, por un lado, en que el propio Tribunal Constitucional se aparta de la jurisprudencia inicial en que consideraba válida la diferenciación retributiva entre interinos y funcionarios, y por otro lado, en que asume – como no podía ser de otro modo- la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como parámetro para apreciar la inconstitucionalidad de una normativa por la lesión al principio de igualdad.
contencioso.es/2015/11/26/el-tribunal-constitucional-borra-diferencias-entre-interinos-y-de-carrera/